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Renovación del REPSE: modificación de reglas generales

Actualizado: 22 feb 2024

El día 21 de febrero de 2024 se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un Acuerdo de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), a través del cual se modifican las Reglas Generales del REPSE.


Los aspectos más relevantes de la modificación son los siguientes:

  1. Proceso para renovación del registro REPSE

  2. Plazos para la renovación

  3. Requisitos y requerimientos para la renovación

  4. Motivos para negar la renovación

  5. Consecuencias de no renovar

  6. Obligación de las Prestadoras de Servicios u Obras Especializadas de informar a sus beneficiarios respecto a la renovación de su registro

Proceso para la renovación del REPSE

El proceso de la renovación del registro de las personas físicas o morales inscritas en el Padrón, se realizará a través de la misma plataforma de registro, siendo esta: http://repse.stps.gob.mx


La STPS habilitará dentro de la plataforma un módulo denominado "Renovación de Registro", al cual se podrá ingresar únicamente durante el periodo definido en el mismo Acuerdo por la STPS.


Una vez terminado el proceso, la autoridad emitirá un folio y tendrá 20 días para autorizar o negar la renovación.


Plazos para la renovación del REPSE

La STPS incorpora en el Acuerdo un Calendario de Renovación REPSE:


Año de registro

Mes de otorgamiento de REPSE

Periodo de renovación

2021

Junio

De marzo a mayo de 2024


Julio

De abril a junio de 2024


Agosto

De mayo a julio de 2024


Septiembre

De junio a agosto de 2024


Octubre

De julio a septiembre de 2024


Noviembre

De agosto a octubre de 2024


Diciembre

De septiembre a noviembre de 2024

2022

Enero

De octubre a diciembre de 2024


Febrero

De noviembre de 2024 a enero de 2025


Marzo

De diciembre de 2024 a febrero de 2025


Abril

De enero a marzo de 2025


Mayo

De febrero a abril de 2025


Junio

De marzo a mayo de 2025


Julio

De abril a junio de 2025


Agosto

De mayo a julio de 2025


Septiembre

De junio a agosto de 2025


Octubre

De julio a septiembre de 2025


Noviembre

De agosto a octubre de 2025


Diciembre

De septiembre a noviembre de 2025

2023

Enero

De octubre a diciembre de 2025


Febrero

De noviembre de 2025 a enero de 2026


Marzo

De diciembre de 2025 a febrero de 2026


Abril

De enero a marzo de 2026


Mayo

De febrero a abril de 2026


Junio

De marzo a mayo de 2026


Julio

De abril a junio de 2026


Agosto

De mayo a julio de 2026


Septiembre

De junio a agosto de 2026


Octubre

De julio a septiembre de 2026


Noviembre

De agosto a octubre de 2026


Diciembre

De septiembre a noviembre de 2026

Quienes realicen su registro a partir de enero del 2024, seguirán el calendario asignado para el 2022 y 2023, con la modificación correspondiente de 3 años de vigencia del Registro.


Requisitos y Requerimientos para la renovación del REPSE

Para el proceso de renovación se solicitarán los mismos documentos y datos que para el registro ante REPSE.

A. Requisitar y proporcionar en la plataforma informática la siguiente información:

  1. Efirma vigente

  2. Nombre, denominación o razón social en caso de ser persona moral; o apellido paterno, materno y nombre(s) en caso de ser persona física

  3. Nombre comercial

  4. Entidad Federativa

  5. Registro Federal de Contribuyentes

  6. Domicilio: calle o avenida, número exterior, número interior, colonia o fraccionamiento, código postal, localidad, y municipio o alcaldía

  7. Geolocalización

  8. Teléfono(s) fijo(s) y celular(es) y correo(s) electrónico(s)

  9. Número del Acta Constitutiva de la empresa, datos de identificación del notario o corredor público que la expidió, fecha de su protocolización y objeto social (en caso de ser persona moral)

  10. Registro Patronal

  11. Datos del representante legal de la empresa de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas primer apellido, segundo apellido y nombre(s), Teléfono fijo y celular, Identificación Oficial vigente (Credencial para votar, Pasaporte o Cédula Profesional), CURP y correo electrónico (para personas físicas y morales)

  12. Número total de trabajadores

  13. Clasificación para efectos de prima de riesgo

  14. Actividad o actividades que desea ser registrada en el padrón

  15. Actividad Económica Preponderante

B. Estar al corriente con sus obligaciones: SAT, IMSS e INFONAVIT

C. Acreditar la especialización

D. Subir los documentos:

  1. Identificación oficial vigente (PDF)

  2. Poder Notarial (PDF)

  3. Comprobante de nómina (PDF)

  4. Acta Constitutiva y el objeto social vigente (PDF)

  5. Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (PDF)

  6. Registro(s) Patronal(es) ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (PDF)

  7. Comprobante de Domicilio (luz, predial, teléfono) (PDF)

  8. Última Cédula de determinación (PDF)


Motivos para negar la renovación

No estar al corriente con las obligaciones fiscales y de seguridad social frente al Servicio de Administración Tributaria, al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores.

No cumplir con los requisitos y requerimientos establecidos en el acuerdo.

Proporcionar información falsa o documentos apócrifos, sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar, o que la documentación cargada en la plataforma no haya sido en el formato establecido o sean ilegibles.

Negarse a atender los requerimientos de información o documentación complementaria que le sea requerida por parte de la Secretaría.

Se detecte que los datos requisitados en la plataforma resulten diferentes o imprecisos con respecto a los datos e información contenidos en los documentos ingresados.

Por advertirse incumplimientos a la Ley Federal del Trabajo en materia

de subcontratación.

Por advertirse trabajadores que no se encuentran inscritos en el

IMSS, irregularidades relacionadas con el salario de los trabajadores y/o irregularidades relacionadas con el contrato de prestación del servicio especializado.

Consecuencias de no renovar

En caso de no renovar en el periodo determinado se procederá con la cancelación del registro REPSE.


Obligación de las Prestadoras de Servicios u Obras Especializadas de informar a sus beneficiarios respecto a la renovación de su registro

La obligación se menciona de la siguiente forma:


DISPOSICIONES FINALES

ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO.

...

Una vez realizada la renovación del registro establecida en el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo y en el ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO del presente Acuerdo, el prestador de servicios especializadas o ejecutor de obras especializadas deberá de informar a sus beneficiarios de los servicios u obras especializadas la renovación de dicho registro.





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