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Tipos de Contratos Laborales en México

En nuestro país existen diversos tipos de contratos individuales de trabajo si los clasificamos de acuerdo con la duración de la relación laboral, esto encuentra fundamento en el artículo 35 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), siendo estos los siguientes:


Contrato por tiempo indeterminado

Fundamento artículo 35 LFT

Por regla general y a falta de estipulación expresa

Contrato por obra o tiempo determinado

Fundamento artículo 36 y 37 LFT

Únicamente cuando la naturaleza del servicios a prestar lo exija y en los casos de que tenga por objeto substituir temporalmente a un trabajador

Contrato por temporada

Fundamento artículo 39-F LFT

Puede pactarse en caos de labores discontinuas.

Contrato sujeto a la modalidad a prueba

Fundamento artículo 39-A LFT

  • Con el fin de verificar que la persona trabajadora cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo que solicita

  • No existe de de forma independiente.

  • Reglas y restricciones

  • Puede incorporarse la modalidad en:

a. Contratos por tiempo indeterminado

b. Contratos por tiempo determinado u Obra de más de 180 días


Contrato de capacitación inicial

Fundamento artículo 39-B LFT

  • Con la finalidad de que la persona trabajadora adquiera conocimientos o habilidades necesarias para la actividad para la que vaya a ser contratada.

  • Reglas y restricciones


En todos los tipos de contratos existen requisitos y limitantes que las Empresas deben de cumplir, y de la misma forma las Personas Trabajadoras gozarán de todos los derechos laborales y de seguridad social.


Dentro de las obligaciones patronales relacionadas a los Contratos Laborales tenemos las siguientes:


  1. Entregar un original de contrato a las personas trabajadoras con fundamento en el artículo 24 de la LFT.

  2. Realizar el contrato por escrito con las condiciones mínimas indicadas en el artículo 25 de la LFT

Recordando que la omisión de las obligaciones antes mencionadas no priva a las personas trabajadoras de sus derechos y la fata de dicha formalidad serán imputada al patrón.


Existen muchas prácticas inadecuadas en la utilización de los Contratos sujeto a la modalidad a prueba y de capacitación inicial que hacen creer que dichas contratos dañan o minimizan los derechos de las personas trabajadoras, algunas de las malas prácticas son:


  • Realizar contratos "temporales" por tres meses e indicar que son parte de un periodo a prueba y novarlos cada que termina dicho periodo

  • Hacer contrato de prueba independientes, esto no esta permitido dentro de la LFT

  • No dar de alta ante el IMSS a las personas trabajadoras hasta el término de sus periodos de prueba o contrato de capacitación inicial

  • Pagar un salario inferior por el mismo trabajo durante los contratos de capacitación inicial o periodo de prueba

  • No entregar contrato por escrito

Ningún tipo de contrato es negativo o mejor, siempre que se utilice conforme a las necesidades de la operación, la naturaleza y observando los requisitos señalados en la Ley Federal del Trabajo.


Te obsequiamos un modelo de contrato individual por tiempo indeterminado.






 
 
 

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